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La oficina de extranjeros de Barcelona, el pasado mes de diciembre ha comunicado mediante hoja informativa, ciertas preferencias para las solicitudes de autorización de trabajo y residencia inicial.

Esto quiere decir que las personas que cumplan con alguno de lo siguientes requisitos, podrán solicitar el permiso de trabajo, sin necesidad de que su ocupación esté recogida en el Catalogo de difícil Cobertura, que como todos saben se ha restringido mucho desde el pasado mes de octubre.
En resumen, podrán pedir un permiso de trabajo, sin importar la ocupación que vayan a desempeñar, las siguientes personas:
1) Los trabajadores que hayan sido desigandos para cubrir puestos de confianza.
2)Ser cónyuge o hijo de extranjero residente en España con una autorización renovable, así como hijo de español nacionalizado, o de comunitario, siempre que estos lleven como mínimo un año residiendo legalmente en España, y al hijo no le sea de aplicación el régimen comunitario.
3) Los trabajadores necesarios para el montaje o reparación de una instalación o equipos productivos importados.
4)Haber gozado de la condición de refugiados durante el año siguiente a la cesación del estatuto.
5)Haber sido reconocido como apátrida y haber perdido tal condición, durante el año siguiente a la terminación de dicho estatuto.
6)Tener a su cargo ascendientes o descendientes de nacionalidad española. 7)Ser hijo o nieto de español de origen.
8)Los extranjeros que hayan sido titulares de autorizaciones de trabajo para actividades de temporada, durante cuatro años y hayan retornado a su país.
9)Los ciudadanos de Perú y Chile, en aplicación de acuerdos internacionales.
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Fotocopia completa del pasaporte

Certificado de Nacimiento legalizado
Certificado de Antecedentes Penales legalizado
Certificado de Matrimonio legalizado
Certificado de Nacimiento de los hijos legalizados
Fotocopia de la tarjeta de residencia
Fotocopia de la solicitud de renovación de la tarjeta de residencia, en su caso
Certificado de Empadronamiento actualizado
Certificado de Antecedentes Penales español
Certificado de Residencia de dos años
Acreditación de medios económicos de vida (nóminas, contrato de trabajo y Hoja de Vida Laboral)
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Este permiso de trabajo se aplica a aquellas personas que quieren ser contratadas en su país de orígen.
REQUISITOS
Del Trabajador Extranjero
- Fotocopia completa del pasaporte
De la Empresa
 DNI del empleador
 CIF de la empresa
 Inscripción de la empresa en la Seguridad Social (Form. TA6 y/o TA 7)
 Escrituras de Constitución de la empresa
 Poderes públicos que otorgan la representación legal de la Empresa (en caso de no figurar en las escrituras de constitución)
 Último TC2 (seguros sociales)
 Declaración Censal de Inicio de Actividad de Hacienda. Mod. 036.
En el caso que la Empresa tenga menos de 10 trabajadores:
 Cuatro últimas declaraciones trimestrales de IVA
 Hoja de Vida Laboral de la Empresa. Informe de Cuenta de Cotización
Empleador Autónomo
 Fotoc. DNI empleador
 Inscripción en Hacienda. Declaración Censal, mod. 036
 Inscripción en Seguridad Social. Form. De Inscripción en SS
 Inscripción del empleador como empresario en el Régimen General de la Seguridad Social (Form. TA6 y/o TA 7)
 Último TC2 (seguros sociales)
 Cuatro últimas declaraciones trimestrales de IVA
 Hoja de Vida Laboral de la Empresa. Informe de Cuenta de Cotización
Para Servicio Doméstico
 Fotocopia DNI empleador
 Declaración de Renta del último ejercicio
 3 últimas nóminas
 Certificados u otros documentos que acrediten los ingresos económicos

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